Sobre las Sanciones - Segunda Parte
¿Qué conductas son objeto de sanción en
Gallery Lagartos? El Manual de Convivencia, en general, enumera las siguientes conductas:
Graves:
- Usar de manera temporal o permanente los parqueaderos de los visitantes como parqueaderos de propietarios. 1 SMDL a 5 SMDL ($24.590 a 122.953).
- Dejar en el hall, pasillos y otras zonas comunes de uso exclusivo como los balcones, bolsas, cajas de cartón, objetos de vidrio o extra dimensionados (para el tamaño del shut) y otros desechos solidos que generen las unidades. 5 SMDL a 10 SMDL ($122.953 – $245.905).
- No recoger los excrementos de perros, gatos, aves de corral y otros animales en áreas comunes, ladridos y ruidos que interrumpan la tranquilidad y seguridad. 5 SMDL a 10 SMDL ($122.953 – $245.905).
- Llevar animales domésticos o mascotas sin correa, bozal y permiso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1801 de 2006, cuando se desplacen por áreas comunes. 5 SMDL a 10 SMDL ($122.953 – $245.905).
- Pegar en las ventanas o fachadas, avisos de venta, arriendo o cualquier otra publicidad. 1 SMDL a 5 SMDL ($24.590 a 122.953).
- Que los peatones transiten por los corredores o vías de acceso cuando éstas son estrictamente vehiculares. 1 SMDL a 5 SMDL ($24.590 a 122.953).
Gravísimas:
- No asistir a las sesiones de las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias que sean debidamente convocadas por la Administración. 5 SMDL ($122.953)
- Irrespetar las normas establecidas para el uso de las distintas áreas que componen el Club House. Podrán imponerse sanciones pecuniarias que oscilan entre 5 SMDL a 50 SMDL ($122.953 – $1.229.529) y además, sanciones no pecuniarias que consisten en la restricción, desde 1 meses hasta por 1 año, del uso y goce de bienes comunes no esenciales.
- Exceder los niveles de ruido, sonoridad y percusión permitidos. 5 SMDL a 10 SMDL ($122.953 – $245.905).
Ver más detalles en el manual de
convivencia.
¿Qué tipo de sanciones se pueden imponer?
Pecuniarias
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Implican
una compensación monetaria.
No
podrán ser superiores cada una a 2 veces el valor de la cuota ordinaria de
administración del infractor, a la fecha de su imposición, las que, en todo
caso, sumadas no podrán exceder de 10 veces la cuota ordinaria de
administración del infractor.
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No pecuniarias
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Consiste
en la limitación, desde 3 meses hasta 1 año, del derecho al uso y goce de
bienes comunes no esenciales (piscina, cancha de squash, salones sociales y
gimnasio).
Cuando
la conducta cometida sea de las consideradas como gravísimas, inhabilidad
para ejercer como miembro del Consejo de Administración y del Comité de
Convivencia. Si la sanción se impone en ejercicio del cargo, consiste en la
suspensión del derecho de participación.
Llamado
de atención por escrito.
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Salvo que la conducta sea una de
las consideradas como gravísimas, se harán primero al menos 2 llamados de
atención por escrito, antes de imponer alguna sanción pecuniaria. Entre cada
llamado de atención por escrito habrá por lo menos 1 mes de diferencia, en
atención al derecho al debido proceso y además para conceder al residente el
tiempo necesario para realizar los ajustes, adecuaciones o correcciones
que sean necesarios.
Alegar
no conocer las normas de convivencia, no será un argumento que le sirva de excusa.
¿Cuál es el procedimiento establecido para
la imposición de las sanciones?
Ahora que lo sabe, evítese sanciones; es muy fácil, solo hay que convivir en sana paz con los demás integrantes de Gallery Lagartos.
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