Sobre las Sanciones - Primera Parte

Una sanción es la consecuencia de una conducta que representa una infracción de una norma. De esta manera, las sanciones son un mecanismo, que bien utilizado, sirve para hacer respetar los acuerdos establecidos por la sociedad, a través de las normas.


Nadie quiere que le impongan una, así que, si quiere evitarlas, simplemente ajústese a los acuerdos básicos para la sana convivencia que se han establecido en Gallery Lagartos a través de la Ley 675 de 2001, el Manual de Convivencia y en el Reglamento de Propiedad Horizontal.  De todos modos, aquí le contamos los aspectos más importantes sobre este importante tema:

-  ¿Quién decide si se aplica o no una sanción? Por delegación de la Asamblea de Propietarios, el Consejo de Administración decide si se aplica o no una sanción.  El comité de convivencia simplemente sugiere las sanciones ante repetitivas faltas de un sujeto. La Administración debe verificar, notificar y aplicar las sanciones que decide el Consejo de Administración.  

-   ¿Existe algún criterio para la definición de la imposición de sanciones? En la definición sobre la aplicación de las sanciones se deben atender los criterios de:

   ¿Cuál es el valor de las sanciones que se pueden imponer? Pueden oscilar entre 1 y 100 SMDL[1] ($24.590 – $2.459.057), según la gravedad de la falta.

   ¿Es posible imponer sanciones sucesivas y por la misma razón? Si, mientras persista el incumplimiento. No podrán ser superiores cada una a 2 veces el valor de la cuota ordinaria de administración del infractor, a la fecha de su imposición, las que, en todo caso, sumadas no podrán exceder de 10 veces la cuota ordinaria de administración del infractor.

    ¿Qué tipo de sanciones no pueden imponerme? Las sanciones impuestas no pueden restringir la pertenencia y asistencia a la Asamblea General, el acceso a los servicios públicos de agua, energía eléctrica, gas domiciliario, telefonía externa, disposición de basuras. Tampoco pueden restringir, obstaculizar o negar el acceso a Gallery Lagartos, en forma peatonal y/o vehicular, de las autoridades y las entidades oficiales de emergencia, víveres, correspondencia recomendada, asistencia médica o de auxilio.

-   ¿Pueden imponerse sanciones a 1 o más propietarios por el mismo hecho? Si, y en ese caso, el procedimiento que se siga para determinar la imposición de la sanción, deberá realizarse de manera simultánea, a fin de garantizar el debido proceso y la igualdad de oportunidades.


Espere la segunda parte de este importante tema el próximo Viernes de Gallery



[1] Para el año 2017, el salario mínimo legal diario es $24,590.57. 

Comentarios

  1. Buenos días. Gracias porinstruírnos respecto de la sana convivencia. Es un hecho notorio la conducta de los señores Barragan con toda la copropiedad y en especial con algunas damas propietarias o residentes del Conjunto, situación que por ser de público conocimiento y notoria, dentro de nuestra comunidad, ya constituye prueba suficiente. Porqué no se les ha sancionado?
    Si más de 10 personas, incluídas el Consejo, el Comité de Convivencia, afectadas, y los sancionables como la hermana de estos, (lo cual debe reposar en acta respectiva),asi como los testimonios de guardas, otras ps ultrajadas como Monica,etc han puesto las wuejas tespectivas? Agradezco su respuesta.

    ResponderBorrar

Publicar un comentario

Entradas más populares de este blog

Infogallery

Feliz día mujeres!